jueves, octubre 15, 2009

Sobre el aborto

Argumentos sobre la confrontación
OPINIÓN SOBRE EL DELITO DE ABORTO

Dr. Eduardo Oré Sosa

A veces las formas en que aparecen algunas cosas dicen mucho de ellas. La propuesta para despenalizar el autoaborto y el aborto con consentimiento de la gestante ―así, de manera libre, sin indicación o plazo de ningún tipo― fue presentada por la Dra. Rosa Mavila a la Comisión Especial Revisora del Código Penal del Congreso de la República. Semanas más tarde la misma comisionada modificó su propuesta inicial con relación al delito de autoaborto previsto en el artículo 114 del Código Penal vigente, proponiendo esta vez despenalizar este ilícito cuando se produzca antes de las doce semanas de gestación, siempre que se produzca en circunstancias derivadas de precariedad económica, de las condiciones en que ha sobrevenido la concepción, o factores de edad, sociales o familiares. Ahí no queda todo. A la semana siguiente, para más señas, el mismo día en que se iba a debatir y votar las propuestas sobre uno de los delitos que genera más polémica en nuestro texto punitivo, nuevamente se nos alcanza la propuesta de la Dra. Rosa Mavila con ciertas modificaciones a los artículos 119 y 120, donde se regula el aborto terapéutico, el eugenésico, el aborto por violación y otros.

Pero si ya esto puede dar alguna idea del rigor con que la referida comisionada trabajó este tema, faltaba mencionar que en la misma sesión donde se debatió y votó este importante asunto, la Dra. Rosa Mavila renunció a gran parte de sus propuestas, “allanándose” a las presentadas por el Profesor Dr. Víctor Prado Saldarriaga. Propuesta de este último que, seguro por sus labores como Magistrado Supremo y docente, no pudo hacérnosla llegar antes. Todo esto, desde luego, quedará en el terreno de lo anecdótico. Fuera de ello, hay puntos importantes que consideramos deben ser abordados.

Una cosa es despenalizar el aborto (señalar que no es punible en determinados casos), y otra muy distinta considerar que se trata de un comportamiento valorado positivamente por el ordenamiento jurídico. Por más que algún día se llegara a despenalizar el aborto por violación y el aborto eugenésico (cosa que no creemos, ni deseamos), acabar con la vida del concebido jamás podrá ser considerado un derecho de la madre gestante. No hay, pues, tal derecho a abortar, como se han apresurado a sostener algunos grupos feministas.

Esto es fácil de apreciar con un ejemplo. ¿Podría válidamente sostenerse que los hijos tienen el derecho de birlar la billetera de sus padres, sólo porque no son reprimibles los hurtos entre ascendientes y descendientes (art. 208 del Código Penal)? ¿De pronto los ciudadanos tienen derecho a robar pan y fruta de los supermercados porque el sistema penal considere inconveniente perseguir los delitos de bagatela?

El aborto por violación y el aborto eugenésico, en este sentido, siempre constituirán comportamientos valorados negativamente por el ordenamiento jurídico, pues atentan contra un bien jurídico de máxima importancia en cualquier sociedad regida bajo los cánones de un Estado democrático de Derecho: el derecho a la vida. Sin el respeto del derecho a la vida ―que según la Convención Americana de Derechos Humanos, la Constitución, el Código Civil y el Código de los Niños y Adolescentes se protege desde el momento de la concepción―, los demás derechos pierden sentido.

Se dice que la vida no es un derecho absoluto. Desde el punto de vista del Derecho penal eso no se discute, está sumamente claro: basta citar la legítima defensa y el estado de necesidad exculpante (este último con el clásico ejemplo de la Tabla de Carneades, donde un náufrago mata a otro con el fin de hacerse de la tabla que sólo puede soportar el peso de uno, para así salvarse) como supuestos donde ese acto de matar no genera responsabilidad penal. Y entendemos que cuando el Dr. Víctor Prado propone despenalizar el aborto eugenésico y el aborto por violación no niega el desvalor de la conducta (hay merecimiento de pena), pero seguro considera que desde el punto de vista político criminal no hay necesidad de pena. Como los casos arriba señalados de los hurtos entre padres e hijos, o los delitos de bagatela, donde se estima innecesaria la intervención del Derecho Penal. ¿Pero vale aplicar ello cuando ya no hablamos del bien jurídico patrimonio, sino de la eliminación dolosa de una vida humana?

Lo peor de todo esto es que se han juntado supuestos totalmente diferentes, a saber, el aborto terapéutico ―en el que corre peligro la vida de la madre― con el aborto eugenésico y el aborto por violación. Uno podría entender que los hospitales del Estado se ocupen del primer caso, evidentemente tratando de salvar la vida de ambos (madre gestante y concebido), ¿pero cómo pedir que dinero del Estado se invierta en prácticas que suponen acabar con vidas humanas?

Peor aún si se abre la puerta para la eliminación impune de seres humanos cuando sea “probable” que nazcan con determinadas enfermedades o malformaciones. Desde luego todos deseamos tener hijos sanos y fuertes, pero lo que no se puede permitir en un Estado de Derecho es la eliminación de una vida humana porque exista la posibilidad de que el niño nazca enfermo o discapacitado, o porque le aguarde una situación de pobreza. No podría haber mayor discriminación, pues a ellos les depararía una menor protección.

Por otro lado, la violación sexual es un hecho sumamente traumático para la víctima. Eso es indudable. Pero un enfoque victimológico, reiteradamente invocado por la Dra. Rosa Mavila, también debe tener en cuenta a esa otra víctima inocente que es el concebido. A esa vida en gestación no se le puede despojar de su condición humana para, a continuación, tratarlo como un objeto desechable. Más aún si el aborto en sí no sólo no ayuda a la recuperación de la víctima de violación, sino que le añade el trauma de la práctica abortiva. Es decir, al trauma de la violación se le añaden dos males: la muerte de una vida inocente y el trauma del aborto.

Aquí no se trata de un cuestionamiento moral (que también lo tenemos, desde luego), sino de un cuestionamiento esencialmente jurídico. No estamos ante la consideración de un método anticonceptivo, sino ante la intención de despenalizar prácticas abortivas, es decir, la muerte de seres humanos. Asimismo, la Dra. Rosa Mavila sostiene que las altas cifras de mortalidad materna por prácticas abortivas clandestinas constituyen un argumento en favor de la despenalización. Con esto se olvida a la víctima principal del delito de aborto: el concebido. No existe norma internacional alguna que obligue al Estado peruano a despenalizar el aborto (lo que se viene presentando son algunos documentos que tienen el valor de recomendaciones generales), pues el justo reconocimiento de los derechos de la mujer jamás podrá ser interpretado en el sentido de concederle un señorío sobre la vida de otro ser humano. Tampoco nos parece un buen argumento que algunos países del entorno (no casi todos, como sostuvo el Dr. Víctor Prado) hayan despenalizado estos supuestos. Que en otros países se acabe impunemente con la vida de seres humanos inocentes no tiene porqué obligarnos a hacer lo mismo.

¿Qué decir, finalmente, de aquella madre que mata a su hijo menor de un año sólo porque éste tiene alguna discapacidad, fue producto de una violación o porque vive en una situación de miseria? Cierto, matarlo constituiría un grave delito… pero no tiene por qué dejar de serlo, cuando se le mata antes de que nazca.




DIEZ TÓPICOS ABORTISTAS

¿Por qué son injustos los tres supuestos de despenalización?
Despreciar la vida con el criterio de un mero plazo de tiempo es inhumano. Pero no es más humano suponer que otras circunstancias hacen indigna la vida.

Juan Cruz Cruz / Santiago Mata

TÓPICO I
La mujer es dueña de su cuerpo

El feto se considera asimilable al organismo materno y eliminable como un trozo sobrante. Parece que tener un hijo concerniese exclusivamente a la mujer.

La realidad es que el óvulo fecundado o cigoto posee, reunidos en parejas, 23 cromosomas de la madre y 23 del padre. El ser fecundado es un individuo irrepetible, dotado de una estructura genética única, programada por el ADN, distinta a la de la madre.

Nadie se ha dado a sí mismo ni el cuerpo ni ningún componente de su ser. El padre y la madre son dueños del acto sexual, pero no del fruto de ese acto. Aunque jurídicamente la mujer sea dueña de su cuerpo, éste también es un núcleo de responsabilidades sociales, por ser el lugar en el que ha comenzado una nueva vida. Y esta vida nueva plantea derechos y responsabilidades. La responsabilidad que contraen la mujer y el hombre al engendrar no conlleva un derecho de condenar a muerte al hijo.

El nuevo ser depende de condiciones externas, ambientales y maternales; pero eso no añade nada a su ser sustancial, ni lo define como parte del organismo materno. Tampoco después de nacer puede un niño vivir independientemente de la madre o de los cuidados apropiados. No es independiente hasta la madurez. A este niño, ¿cabría negarle el derecho a seguir viviendo?

TÓPICO 2
El embrión es una masa sin actividad ni personalidad

Lo que crece en el vientre de la mujer no es un ser humano. A lo sumo el embrión es un proyecto, una posibilidad, un dibujo remoto de una persona. Carece de identidad orgánica y genética. No es viable.

a) Identidad genética. Los conocimientos biológicos confirman que en los 46 cromosomas del óvulo fecundado están ya inscritas todas las características del individuo: sexo, talla, color de los ojos y de los cabellos, forma del rostro y hasta temperamento.

El embrión muestra una enérgica individualidad en su funcionamiento. Al sexto día, con sólo milímetro y medio de longitud, comienza a estimular, con un mensaje químico, el cuerpo amarillo del ovario materno para suspender el ciclo menstrual y no ser expulsado. Es una primera afirmación de autonomía. Al decimoctavo día de vida (cuatro después de la falta de la regla) empieza a formarse el cerebro. Su minúsculo corazón late desde el día 21. A los 45 días después de la falta de la regla, el embrión mide 17 milímetros de largo. Tiene manos, pies, cabeza, órganos y cerebro, pudiéndose registrar ondulaciones en el electroencefalograma. A los 60 días de la falta, funciona ya su sistema nervioso. Después de la concepción, no hay un paso del no ser al ser humano. La vida humana está siempre en despliegue, y sólo relativamente pueden distinguirse fases en ella.

b) La viabilidad es también relativa: hace cuarenta años un niño era viable a las 30 semanas. Hoy puede serlo a las 20 semanas; y sobran indicios para pensar que en breve lo pueda ser a las 12 o 15 semanas.

¿El embrión es sólo humano si tiene actividad eléctrica cerebral?

Es cierto que el cerebro es el sustrato biológico necesario de toda actividad intelectual humana. Cuando la actividad cerebral falta, se obtiene un electroencefalograma plano. Puesto que el electroencefalograma de un embrión es plano hasta la octava semana del embarazo, ¿significa eso que no es vida humana?

Aparecen aquí dos nuevas cuestiones: en primer lugar, el problema decisivo de saber si lo que otorga carácter humano al embrión es primariamente el funcionamiento del cerebro. En segundo lugar, si pueden equipararse las dos situaciones aludidas de no funcionamiento del cerebro: la actividad que no ha aparecido todavía y la que ya ha desaparecido.

a) El embrión tiene carácter humano desde el momento de la fecundación. El dato básico de toda la Biología moderna es la célula, o sea, la más pequeña cantidad de materia que reúne todos los requisitos de un sistema viviente. El hombre es un ser pluricelular, cuya individualidad biológica se constituye en la célula originaria, que surge al fusionarse la célula reproductora masculina con la femenina.

A los 43 días de la fecundación se detecta ya una actividad eléctrica cerebral subcortical; a los 90 días aparece la actividad eléctrica cortical. Este desarrollo cortical del cerebro es a su vez muy lento. Ni siquiera el niño recién nacido posee la plenitud del despliegue cortical; es más, puede decirse que el recién nacido se comporta como un ser falto de corteza cerebral, ya que no ha culminado en su sistema nervioso ni la mielinización ni la formación neuronal. Sólo hacia los seis años queda acabado anatómicamente el cerebro.

Si el criterio diferenciador de la vida humana fuese la existencia y funcionamiento, más o menos perfectos, del cerebro, entonces ni el recién nacido estaría en situación de ser considerado como pleno ser humano. Negar al embrión sin actividad cerebral la condición de hombre es tan falaz como negar la condición humana al adolescente porque todavía no es adulto.

b) Por lo dicho se comprende que no pueden equipararse las dos situaciones de no funcionamiento del cerebro: la del que no funciona todavía y la del que no funciona ya. En el caso de la muerte de un individuo es síntoma de un proceso irreversible. En cambio, en el comienzo de la vida embrionaria, es síntoma de una plenitud de potencialidades, rebosantes de vida.

¿Puede decirse que el feto no tiene ni alma ni personalidad?

No puede decirse que la inteligencia racional aparezca en el niño una vez acaecido el nacimiento. Los psicólogos explican que las funciones específicas de la inteligencia, como intuir, razonar y abstraer, llegan a su plenitud en la adolescencia: ni siquiera están acabadas en la infancia.

El tópico confunde la posesión de inteligencia con su ejercicio actual. La inteligencia racional, como facultad espiritual cognoscitiva del hombre, se despliega en la medida en que el sustrato orgánico o cerebro lo permite. Pero puede permitirlo sólo porque está ya animado. El alma es el principio espiritual por el que el embrión humano desarrolla una corporalidad precisa y un cerebro complicadísimo que permite que se ejercite una de las funciones anímicas: el entender racional.

Incluso los autores que estuvieron a favor de que el alma racional no aparecía en el feto desde el principio, no por ello dejaban de considerar el aborto como un delito contra la vida humana que, según su opinión, era persona en potencia.

Porque aunque no tuviésemos certeza del momento exacto en que el alma humana entra en el cuerpo, no podemos matar un feto si solo es probablemente no humano, de la misma manera que no enterramos a un adulto que sólo está probablemente muerto.

TÓPICO 3
Una cosa es el 'aborto' y otra la 'interrupción voluntaria del embarazo'

Con la llamada ley del aborto sólo se presupone la interrupcion del embarazo; muchas personas que serían contrarias a un aborto avanzado, sin embargo son partidarias de la interrupción voluntaria del embarazo en sus comienzos.

El tópico supone que la falta de regla en la mujer por causa de embarazo puede considerarse como algo anormal que ha de atajarse en cualquier momento; por ejemplo, impidiendo enseguida la anidación del óvulo fecundado, mediante los llamados anticonceptivos orales, muchos de los cuales tienen efectos abortivos sobre el óvulo fecundado, efectos que son suavizados con expresiones como “control de la ovulación, reposo ovárico, regulador del ciclo”, etc.

De hecho estos anticonceptivos orales actúan primero sobre el hipotálamo, por cuyo mecanismo bloquean la ovulación; después sobre las trompas: bien con estrógenos que, al aumentar la movilidad, hacen que el óvulo fecundado llegue al útero antes de estar preparado para la anidación; bien con gestágenos que, al disminuir la movilidad, hacen que el óvulo llegue tarde al útero, cuando ya ha muerto por falta de nutrición. Asimismo el anticonceptivo actúa sobre la mucosa del útero, impidiendo que el endometrio quede dispuesto para recibir y anidar el óvulo fecundado.

La interrupción del embarazo, por contraceptivos orales en su primera fase, o por métodos más violentos en fases avanzadas, es siempre un aborto; o sea, un atentado que pone fin a una vida humana inocente. Al contrario de las cosas que se interrumpen, no hay modo de volverla a poner en marcha.

Tópico 4
Legalizar no es aprobar

La ley civil no coincide con la ley moral. Según este tópico, una ley del aborto no intenta promover abortos, sino regular su práctica sanitaria fiable. La ley ha de procurar el remedio para una situación, sin entrar en indicaciones éticas.

Los abortistas confunden realidad con situación de hecho. Esta última es la opresión de un hombre en un campo de concentración, en una explotación minera antihumana, en un aborto provocado. Realidad, en cambio, es el ser del hombre, cuyo desarrollo hay que favorecer. Y la ley no está para mantener situaciones de hecho, sino para lograr que el hombre alcance lo que potencialmente es, protegiéndolo y estimulándolo.

Si la función de la ley fuese consagrar las situaciones de hecho, tendría que ser así en todos los casos, y no sólo en el del aborto. Es cierto que la despenalización (y legalización) no convierte la acción criminal en buena. Pero las estadísticas muestran que, en la práctica, la despenalización del aborto ha implicado su aumento.

Este tópico se mezcla en los siguientes argumentos:

Bien está que la criatura nazca cuando es querida previamente por sus progenitores, pero si no la desean o no la han planificado, es una amenaza al equilibrio amoroso de la pareja. Este argumento responde a un enfoque individualista, propio de capitalistas y liberales. El mayor número de abortos se produce motivado por la afirmación de la libertad sin responsabilidades, o sea, por razones de conveniencia y bienestar.

Hay dos tesis capitales del invidualismo. Primera: que todos los hombres son buenos, libres e iguales por naturaleza, con derecho a esa forma de felicidad que se llama amor, buscado libremente. Segunda: que, por la bondad natural del hombre, las tendencias amorosas están en nosotros para que las sigamos, sin considerar sus consecuencias.

El individualismo ignora que el verdadero ámbito interpersonal es la unión moral de sujetos que realizan un fin conocido y querido por ellos: su bien común. En un ámbito interpersonal con unidad de fin y unidad de voluntades, las relaciones entre personas no están determinadas puramente por los individuos sino por el bien común. Aquí se cumple el adagio: el todo es más que la suma de sus partes. Y es así porque nosotros no nos hemos hecho sexualmente complementarios; ni físicamente aptos para procrear. Asumimos el proyecto de fecundidad en el hijo. Los esposos no son rivales, ni hace cada uno su negocio. Hay un consorcio de vida, una comunidad donde lo primario no es el acuerdo de voluntades, sino el fin por el que se unen libremente.

Una señal de la especificidad racional del hombre es que puede prever las consecuencias de sus actos y responder de ellos. Su conducta sexual no es una excepción. Traer una nueva vida es justamente uno de los fines del amor conyugal.

¿Lo engendrado es humano sólo si los padres lo aceptan?

Este argumento supone que la vida humana carece de valor intrínseco, independiente de lo que hacen los otros para hacerla verdaderamente humana. Responde al enfoque colectivista, propio del socialismo marxista y del fascismo nazi.

El colectivismo subraya algo cierto: que el hombre vive en sociedad. Su inteligencia, su voluntad y sus sentimientos no podrían desplegarse adecuadamente sin la presencia de los demás. La sociedad no es una simple suma de individuos, sino la suma de esos individuos, más unas relaciones originales que tienen leyes propias. Pero esas relaciones no son el hombre, sino que son del hombre, cuyo ser es más original y profundo que las relaciones que lo ligan a los demás.

La persona posee anterioridad natural respecto de la sociedad, de tal manera que sus derechos no le vienen del medio social en que vive, sino de su condición sustantiva de ser persona.

Tópico 5
La ley que penaliza el aborto es represiva, en cambio la que lo liberaliza es democrática

Es de aplaudir la reforma de leyes represivas cuando éstas se dirigen a limitar o impedir la libertad debida del individuo; pero no cuando coartan las acciones de una libertad que atenta contra el derecho de otra persona, en nuestro caso el niño no nacido. La madre sabe que la ley del aborto ha sido represiva sólo para el hijo que ha llevado en sus entrañas.

¿Exigen la democracia y el pluralismo ideológico despenalizar el aborto?

De ningún modo es aceptable que la mayoría pueda decidir acerca de lo que es o no conforme con el bien natural del hombre. En tal caso desembocaríamos una vez más en la tiranía de la mayoría. En el aborto, nadie ha pedido su opinión al que está por nacer a propósito de si quiere o no nacer, ni se le podría pedir. Lo único que aquí cuenta es la naturaleza del embrión, cuya tendencia fundamental es a seguir siendo. No se trata de una materia opinable, sino del hecho cierto, atestiguado por la ciencia, de una vida humana, que no espera para ser real el acuerdo en las opiniones de los mayores.

Quien debe ser respetada es toda persona, no toda opinión, puesto que hay opiniones falsas como la que sostuviera la licitud del aborto. No se puede invocar la libertad de opinión y la democracia para atentar contra los derechos de los demás, especialmente contra el derecho a la vida de un inocente.

El tópico olvida que análogamente a como la libertad cuenta con condicionamientos naturales, también tiene en la conformidad con la ley moral su meta: se trata de un vínculo que no es establecido por la propia libertad. Y el verdadero progreso está en que la actividad del hombre y las leyes sociales se conformen cada vez más a esa meta moral.

Jean Toulat, autor de Le Droit de naitre, afirmaba en Le Monde: “la actitud de progreso consiste en promover una real libertad de no abortar. Hay que tomar medidas de orden familiar y social para favorecer la protección de la vida. Estas medidas ayudarían a que la mujer evitara esta prueba del aborto”.

Tópico 6
Es necesario impedir los abortos clandestinos

Se empieza acudiendo a casos dramáticos, confesiones de mujeres que han sufrido un aborto clandestino en pésimas condiciones sanitarias; a embarazadas que han muerto tras un aborto clandestino, etc.

La verdad es que como, una vez aprobado, no todas las mujeres pueden ampararse en la ley, se siguen produciendo abortos clandestinos. Ello lleva a liberalizar en mayor grado la ley, para que no exista discriminación y así consagrar el aborto a petición.

Christopher Tietze, experto en estadísticas sanitarias, asegura que es dudoso que en los países que aceptan legalmente el aborto haya descendido el número de abortos clandestinos. A la misma conclusión llegan los doctores Hilgers y Shearin.

Y es que muchas personas, para evitar la publicidad y oficialidad, los papeleos, las certificaciones, la inspección pública, con el riesgo de divulgación que acarrean, se inclinan por la clandestinidad del aborto. Sólo cuando a la sociedad se le haya extirpado la conciencia que dicta la inmoralidad de un crimen acabarán las mujeres sometiéndose al aborto en una institución pública, oficial.

Tópico 7
No se debe nacer para el hambre y la miseria. Es injusto que sólo puedan abortar los ricos

Es el argumento más hipócrita que se conoce: Podrías vivir, pero como quizá te falte cariño, medios de vida, etc., te mato.

El aborto permitido no va a nivelar las diferencias económicas, sino que va a extender un mal; y va a gravar las conciencias de las madres con una acción que ellas reconocen como injusta. Lo que se debe buscar no es facilitar tal acción, sino asistir en los momentos difíciles a las madres, evitándoles que sean víctimas de su debilidad.

Los médicos que practican abortos salen siempre favorecidos económicamente. Un médico abortista neoyorkino declaró en la revista Medical Economics: “En lo económico, después de tantos años de lucha, no puedo dejar de sentirme un poco como el tejano que cavó buscando agua y dio con petróleo”.

Con la legalización del aborto, se pretende que esta matanza la pague el contribuyente español, incluido el que rechace el aborto por razones científicas o incluso morales.

Si la sociedad no debe pagar este precio de sangre, ha de proporcionar a las madres que pasan por situaciones difíciles otras soluciones que no sean la del aborto. Y por lo que hace a los pobres, el Estado debe elevar su nivel de vida y hacer que su existencia sea cada vez más digna. No se elimina la pobreza eliminando a los inocentes o matando a los pobres.

Este milagroso remedio, aplicado a cualquier territorio tiene indiscutiblemente un efecto boomerang que acaba por golpear al país que lo aplica. Muchas naciones que practican el aborto (La peste blanca, según el título del conocido libro de Pierre Chaunu y Georges Suffert) están por debajo del crecimiento cero, demográfico y económico. Se encuentran en la vía del autogenocidio.


TÓPICO 8
Exigencias de la salud física y psíquica de la madre

Este tópico pretende justificar el llamado aborto terapéutico, destinado a eliminar al feto por razones médicas o terapéuticas: el peligro para la salud física o psíquica de la mujer.

a) Salud física de la madre. En los rarísimos casos en que se verifican las dos condiciones de peligro de muerte inminente y de seguro agravamiento del estado de la madre en el transcurso del embarazo —cardiopatías graves o formas nefropáticas crónicas—, la medicina está hoy en condiciones de salvar tanto la vida del niño como la de la madre. Hasta el punto de que es fácil hacer una intervención quirúrgica de corazón o recurrir al empleo del riñón artificial durante la gestación, sin perjuicio para nadie.

Cada vez son más imaginarios —o poco reales—, los casos en que hubiera que salvar una de las dos vidas a costa de la otra. Teóricamente sería lícito pretender la curación de la madre, aun cuando de modo indirecto y no pretendido se cause perjuicio al feto.

El aborto es indirecto cuando la muerte del feto se sigue como efecto, quizá necesario pero no principal, de un medicamento o de un acto médico (como la extirpación de un cáncer de útero) para curar una enfermedad de la madre. Aquí resultan dos efectos de una misma acción: uno bueno, directo y principal (salud de la madre), otro malo y secundario (muerte del feto). De estos dos efectos, uno es el buscado y otro el que puede seguirse de un modo incidental.

b) Salud psíquica. La alteración nerviosa puede estar causada o bien por la futura existencia del niño —no deseada o temida desde el comienzo del embarazo—, o bien por la gestación en sí misma, como fenómeno fisiológico.

En el caso del niño no deseado, la pérdida de la serenidad psicológica podría servir como argumento para quitar la existencia a todo hombre adulto que alterase a otro. En el caso de que la gravidez fisiológica provoque alteraciones nerviosas (esquizofrenia y psicosis maníacodepresivas), los neurólogos y psiquiatras más autorizados afirman que “no conocemos, directamente por nuestra experiencia ni a través de escritos, casos de este tipo que exijan como única solución el aborto”. Así se expresa el neurólogo holandés J. J. Patrick.

La dificultad estriba en admitir sencillamente que el feto es una vida humana, por la que de alguna manera merece la pena aceptar algún riesgo medido, algún sacrificio no mortal por parte de la madre. La mujer, después del aborto, lejos de conquistar la serenidad psíquica, se ve sometida normalmente a un sentimiento de culpa y a una desorganización psíquica comprensible. “Las probabilidades de trastornos psiquiátricos serios y permanentes (después de un aborto) son del 9% al 59 %”, dice un estudio recogido en el Congreso de la Real Academia de Obstetricia y Ginecología de Inglaterra en 1966.

TÓPICO 9
Hay que evitar el sufrimiento de los hijos con malformaciones genéticas

En el fondo de este argumento no hay un sentimiento de piedad, sino un concepto equivocado del hombre, cuyo valor existencial es absoluto, intocable.

El hecho de que, como indica Rosalie Craig, nunca una organización de padres de niños retrasados haya favorecido el aborto, indica a las claras que el contacto directo y vivo con estos disminuidos ofrece la experiencia de que se trata de seres humanos, cuyo apego y disfrute de la vida tiene para ellos un valor absoluto.

Incide aquí un tópico ya expuesto: el feto no sería ser humano hasta que los padres lo aceptaran; sólo a través de las relaciones que estableciera con la comunidad podría hacerse hombre. Si una mujer, a través de exámenes médicos, sabe que su concebido tiene síndrome de Down, estaría en su derecho para rechazarlo. Un ser inútil —le dirán— es una carga social y nunca llegará a ser hombre. No se le puede imponer a la sociedad el peso de tal ser.

Ahora bien, ya vimos que la respuesta a dicho tópico es que el hombre no se reduce a la suma de relaciones que puede guardar con los demás; su esencia profunda reside en su índole espiritual, por la cual podrá ejercer, aunque sea tenuemente, la libertad. Nadie ha podido demostrar que un discapacitado carezca de pensamiento y de libertad, por disminuido que esté su ejercicio.

¿Nos hemos preguntado qué es un discapacitado para sí mismo? ¿Hemos considerado que para él su existencia, su vida, es lo único que tiene? ¿Qué pensarán los discapacitados físicos—tetrapléjicos, etc.— cuando oyen que lo mejor para ellos es no haber nacido? ¿Dirán que han tenido suerte de nacer porque al ser concebidos no existía todavía una ley que permitiera matarlos?

En una carta publicada por el desaparecido diario Ya el 10 de febrero de 1983, se leía:

“Soy una chica de 28 años que en el vientre materno sufrió una malformación, por lo que nacería sordomuda... Quisiera hacer patente la gran labor que hicieron mis padres por sacarme adelante y ofrecerme los medios posibles para desarrollarme tanto física como intelectualmente... Puedo decir que he conocido, aprendido y experimentado como la mayoría de las personas, excepto en una cosa, que es el sentido de la audición y del habla normal. Algo que, efectivamente, eché de menos con frecuencia, pero que jamás me quitó la alegría de vivir. También tuve la oportunidad de conocer a muchas personas, hombres y mujeres, que tienen otra deficiencia (ceguera, parálisis, retraso mental...) y viéndolas y hablando con ellas jamás tuve la imbecilidad de pensar que sería mejor para ellos renunciar a su primer derecho fundamental”.

¿Quieren las personas con discapacidades que las maten? La experiencia dice que no.

Quienes no dejan vivir a un ser humano al que consideran subnormal estiman que los contenidos de una calidad de vida son superiores a la vida misma. Una vida de escasa calidad no merecería ser vivida. El metro de esa calidad de vida es, para estos salvadores, meramente utilitario, a saber: hay calidad de vida cuando se está en el confort prefabricado (tener coche y electrodomésticos), en el bienestar sobreentendido, en el lujo ofrecido (viajar y gozar ilimitadamente del ocio), en el nivel intelectual de una sociedad consumista. Este es el único patrón por el que se mide y decide qué existencias son dignas o indignas de ser vividas.

El sufrimiento que posiblemente padezca un discapacitado en el curso de su desarrollo no lo podemos medir con la vara del sufrimiento de una persona con su total capacidad psíquica desarrollada. Jamás sabremos qué destino puede hacer un disminuido de sus escasas dotaciones. Pero lo cierto es que lo único que para él vale la pena es vivir. Los hijos deficientes y subnormales son, con frecuencia, los más queridos por sus padres, aun cuando antes de nacer hubieran sido no deseados.

Si el aborto es un sistema de prevención de la subnormalidad, prevenir los accidentes en carretera exigiría matar a todos los conductores. Si no se justifica la muerte del malformado ya nacido, ¿por qué se va a justificar la muerte del no nacido?

Es un racismo intolerable conceder la existencia sólo a los bien dotados. Ello llevaría análogamente a quitar la vida a los ancianos improductivos y a los enfermos incurables, etc. Eso hizo Hitler, ejecutando primero a los discapacitados, después a los asociales de las prisiones y finalmente a los judíos, considerados racialmente defectuosos. ¿Qué línea racional separa el matar a un no nacido del eliminar a un ser con alguna falta?

TÓPICO 10
Solución en casos de violación

Según este tópico, el aborto habría que permitirlo cuando el embarazo haya sido consecuencia de una violación, para evitar que una muchacha indefensa quede marcada por el horror y la vergüenza ante la sociedad.

Una vez más, hay que respetar los derechos del viviente humano, sin que ello pueda ser modificado por las circunstancias anormales en que se produjo el embarazo. Tales circunstancias atenúan la gravedad de la acción, pero no la modifican sustancialmente. Con el aborto sólo añade una nueva culpa a la anterior. El niño concebido es aquí inocente; no ha tenido parte ni culpa en la violación.

El injusto agresor de la mujer no es el niño, sino el violador. ¿Por qué no matar al violador? ¿Por qué el delito cometido por el padre ha de ser pagado con la vida por el hijo inocente? ¿Dónde hay en el mundo una legislación que sentencie a muerte al hijo de un criminal?

Conviene aclarar que el embarazo por violación es raro. Los Willke indican que un estudio llevado a cabo en St. Paul de Minneapolis sobre 3.500 casos de violación, durante un período de diez años, no pudo registrar un solo caso de embarazo. La circunstancia anormal en que una violación se produce impide la concepción. En España, los casos declarados en que se ha abortado bajo este supuesto han pasado de uno por cada 5.000 en 1996 a uno por cada 11.214 en 2007.

La angustia de la mujer violada (angustia que la sociedad y la familia tienen la obligación de comprender y dulcificar) no se elimina, sino que se incrementa con el trauma de muerte inhumana del hijo.

Originalmente publicado en La Gaceta los días 7,8 y 9 de Enero de 2009. Es una cortesía de Provida Valencia: www.provida.es/valencia

1 comentario:

Felix A. dijo...

Tocar el tema del aborto puede llevarnos a un terreno muy difícil, pues quienes estamos en contra así como los que a favor, tenemos posturas diametralmente opuestas. Sin entrar en mayor detalle, deseo dar 2 testimonios propios:

1- Creo firmemente que ABORTAR = MATAR.
2- Si hubiera hecho caso al consejo de un connotado médico ginecólogo cuando mi esposa tuvo una muy seria amenaza de aborto durante su primer embarazo, quien recomendó un “aborto clínico” porque el cuadro de mi esposa era “irreversible”, pues actualmente no sería padre de un Sr. Administrador en Turismo.

Una reciente experiencia ajena:
Si una de mis sobrinas hubiera aceptado abortar por razones clínicas, pues se detectó que estaba gestando una criatura con malformación, no tendría la fuerza para decir “Gracias a Dios que conocí a mi hija, VIVIÓ con nosotros y nos dejó después que hicimos todo lo posible por SALVARLA!

Félix A.